PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN POR ACOSO LABORAL

Tiene por objeto definir unas pautas que nos permitan identificar una situación de acoso, ya sea moral, sexual o por razón de sexo o, con el fin de solventar una situación discriminatoria, procurando, en todo momento, garantizar los derechos de las víctimas. Se dirige a toda la plantilla de la empresa, independientemente del tipo de contrato que determine su relación laboral, de la posición que ocupen o del lugar dónde desempeñen su trabajo, y de cualquier sociedad sobre la que la empresa tenga el control de gestión. Por todo ello, la empresa (aunque tenga solamente un trabajador) tiene una serie de obligaciones, para la elaboración de protocolos de conductas y actuaciones frente al acoso, tanto laboral, como sexual y de cualquier forma de discriminación en el trabajo. 

El objetivo de estas normativas y de las empresas, es de generar un ambiente que respete los derechos de los trabajadores. Suprimiendo cualquier forma de acoso o discriminación, que provoquen situaciones no deseadas eincluso que deben ser perseguidas en la Jurisdicción Social o Penal.